Bienes personales: Excepcion de ingreso del pago a cuenta

Se modificó la RG (AFIP) 4673 que había establecido la obligación de ingreso de un pago a cuenta para aquellos sujetos que posean en los periodos fiscales 2018 y 2019, bienes en el exterior sujetos a impuesto.

La modificación es a través de la RG (AFIP) 4931, la cual permite a los sujetos obligados solicitar que se los exima del ingreso del pago a cuenta cuando la suma de los importes de los anticipos abonados y del pago a cuenta calculado den como resultado un importe superior al impuesto determinado estimado para el periodo fiscal 2020.

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About Ivana Jerez Gonzalez

Soy Contadora Pública y Licenciada en Administración matriculada en los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas de C.A.B.A y Provincia de Buenos Aires. Brindo servicios impositivos y contables personalizados de forma online usando todos los medios de comunicación disponibles y que le sean más prácticos y cómodos al cliente. Me caracterizo por ser planificadora, metódica y mantener un continuo diálogo.